Cuánto y dónde pagar la multa por NO VOTAR

El voto es un derecho constitucional y obligatorio para todos los mayores de 18 años. Aquellos que no cumplan con esta obligación serán pasibles de ser sancionados, con algunas excepciones.

Cabe recordar que tanto para los jóvenes de 16 y 17 años como para los mayores de 70, el voto es voluntario.

Entre las personas que se encuentran exceptuadas de votar están aquellas que se encuentran enfermas al día de la votación. Claro que deberán presentar un certificado médico para justificar su ausencia. De la misma manera, aquellas personas que se encuentren a más de 500 km de su lugar de votación por «motivos razonables», tampoco serán multados siempre y cuando se acerquen a la comisaría más cercana para solicitar un certificado que acredite la distancia. Quienes se encuentren en estas situaciones tienen 60 días a partir de la elección para presentar los certificados correspondientes.

Con la pandemia del coronavirus todavía vigente en el país, la Cámara Nacional Electoral exceptuó de ir a votar a quienes tengan COVID-19, quienes sean caso sospechoso, los que sean contacto estrecho de un caso positivo y a las personas que tengan indicación médica de no ir a votar por ser parte de los grupos de riesgo. Cada persona debe contar con un certificado que confirme su situación.

Si no se puede justificar la ausencia, esto se considera una falta electoral y es pasible de sanciones y/o multas. Si el elector además de no votar, tampoco paga la multa correspondiente, será sancionado no pudiendo realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o municipales durante el plazo de un año.

 

Costo de las multas

En caso de no emitir el voto en solo un acto electoral (primarias o generales) el valor de la multa será de $50 (cincuenta pesos).

Si el elector se ausenta tanto en las PASO como en las generales deberá abonar una multa de $100 (cien pesos), que se sumarán a los cincuenta pesos correspondientes a la primera infracción, por lo tanto deberá abonar un total de $ 150 en concepto de multas.

 

Cómo pagar las multas

El elector debe constatar que se encuentra presente en https://infractores.padron.gov.ar/

 

Una vez confirmado, el sistema le permitirá acceder a la impresión de un comprobante para que pueda realizar el pago de la multa correspondiente.

Esta podrá ser abonada en cualquier sucursal del Banco de la Nación Argentina y «en las demás entidades que se habiliten para el cobro».

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